Juega Historiarte Liceo de pan de Azúcar

Absolutismo


-->
El Absolutismo

Doctrinas Absolutistas

Entre las teorías absolutistas, la más importante fue la del derecho divino de los reyes. El sentido que tenían estas teorías era el de la defensa del orden y la estabilidad política en una época en que las guerras civiles cuestionaban la solidez del poder.
La teoría del derecho divino de los reyes señala que la autoridad del monarca proviene directamente de dios, sin intermediarios. De allí arranca la legitimidad del poder que tiene carácter sagrado. Instrumento de Dios para el gobierno de los hombres, el rey tiene deberes fundamentales que cumplir: asegurar la enseñanza y vigencia de la religión verdadera entre su pueblo y asegurar la justicia entre sus súbitos. El rey es el pastor de pueblos, los súbitos le deben absoluta obediencia. El monarca dispone de los atributos de la justicia y de la iniciativa legislativa, no es responsable ante su pueblo, sino ante Dios; recibe un mandato de Dios y es, muchas veces, asimilado a la divinidad, como en el caso de Luis XIV. La disidencia o rebelión constituyen faltas graves, sacrilegios.

Un ejemplo de estas ideas es Bossuet, un francés que en el siglo XVII rinde fiel homenaje a Luis XIV.
Su concepción del mundo y de la sociedad humana era, fundamentalmente, católica. Para el la historia es obra de la providencia y se regula de acuerdo con el plan de Dios. Lo permanente, lo inmutable, es signo de lo verdadero; por ello se remonta a las sagradas escrituras para fundamentar su teoría política. Allí ya estaban expresados los principios del estado y del gobierno. Es un tradicionalista que siente horror por el cambio; lo novedoso le parece fraudulento y falso. En el transcurso de su vida muestra un extremado celo en la vigilancia, control y censura de las obras teológicas que se publican en Francia. Para Bossuet la autoridad del rey es sagrada (representa a Dios en la Tierra), paternal, absoluta y sometida a la razón.

Thomas Hobbes es uno de los más importantes filósofos políticos del siglo XVII. La política es trabajada como ciencia y la teología dejada totalmente de lado. Su filosofía es racionalista y mecanicista. Todo acontecimiento es movimiento; los procesos naturales tienen que ser explicados analizando sus apariencias más complejas; ese análisis permite descubrir los movimientos básicos de los fenómenos. Para definir la política, analiza la conducta humana, las sensaciones, sentimientos y pensamientos del hombre. La ciencia política reposa sobre la psicología y ambas son asimiladas metodológicamente las ciencias físicas exactas.
Su concepto del derecho natural esta vinculado a la existencia de un instinto de conservación, al mecanismo psicológico del ser humano. La ley natural prohíbe todo lo que puede destruir la vida. Difiere de muchos jusnaturalistas, porque para él la sociedad humana no es un hecho natural, sino artificial. La humanidad es sociable por necesidad, por instinto de conservación, ya que el estado de naturaleza es un estado de guerra de todos contra todos. El pacto social es producto de la conveniencia de los hombres que buscan el bienestar y la paz. La sociedad lo logra por intermedio del Estado, por que el estado logra engloba a todos los intereses particulares, se sobrepone a todos. Por eso- entiende- que el estado debe ser absoluto, nada debe oponérsele. El pensamiento de Hobbes es profundamente individualista y utilitario.





Bodin, Juan.- (1529 – 1590). Filosofo católico francés, nacido en Angers; se le considera el fundador de la moderna concepción del Estado; en su “Methodus ad facilem historirum cognitionem” intentó determinar los principios universales del derecho, mediante un examen crítico de la historia; afirma en esa obra que la anarquía es la peor catastrote, y el orden la suprema necesidad humana. En su obra “Six livres de la République” considera las condiciones necesarias para conseguir el orden y cree encontrarlo en el reconocimiento de la soberanía del Estado; el Estado tiene poder absoluto y su validez no depende de que los ciudadanos lo reconozcan; los gobiernos mandan por derecho divino, ya que han sido instituidos por la providencia para el bienestar humano. En un estado bien organizado el poder se ejerce de acuerdo con los principios del derecho divino y natural; hay solo tres formas de Estados: monarquía, aristocracia, democracia, ya sea que el poder resida en un individuo, en la minoría o en la mayoría, cada forma de gobierno muestra algunas características de uno de los otros tipos. Bodin creyó que la forma más ordenada y estable era una monarquía que funcionara a través de una maquinaria democrática, ya que une en si la fuerza de la unidad y la fuerza de la popularidad.

Maquiavelo, Nicolás. (1460-1520). Escritor y político italiano, descendiente de una familia patricia de Florencia. Desempeñó altos cargos en la administración del Estado. Cayó en desgracia con la llegada al poder de los Médicis, y su destierro le permitió reflexionar sobre las fluctuaciones políticas.
Fue uno de los primeros autores que planteo una concepción autónoma de la ciencia política. Sugestionado por el ejemplo de la unidad francesa, quiso transportar el mismo ideal renacentista a la península itálica. Su metodología política aparece recogida por primera vez en “Il Príncipe” (1513), libelo de circunstancias, criticado por su aparente cinismo, pero que debe juzgarse dentro del código moral que exigía la actividad política de su época. Carácter mas universal y teórico tenían sus “ Discorsi sopra la prima década de Tito Livio (1519). “Dell` arte de la Guerra” (1519) y “L storie Fiorentine” (1525), donde intentaba a través de estudios históricos, ilustrar sus tesis políticas.
El frío realismo, la llamada a la violencia y a la intriga han motivado una versión degenerada de Maquiavelo. En lo fundamental, respondía a una concepción democrática y republicana de la sociedad. La investidura autoritaria que aconsejaba al “príncipe” o jefe, era únicamente un medio para acabar con la nobleza y su dominio feudal sobre el país. Un poder centralizado representaba entonces una necesidad para el progreso.








Absolutismo en España

En 1516, al morir Fernando de Aragón, queda como único heredero de la corona española Carlos de Hausburgo, que al heredar cuantiosas tierras de sus abuelos de la Corona de los Austrias y de los Borgoña queda como Carlos I (en España) y Carlos V (en Alemania). Por lo tanto, Carlos I no sólo gobernaba gran parte de Europa, sino también el reino de España en América. Su sucesor, Felipe II no fue capaz de mantener el extenso imperio en sus manos.

Una de las principales características del absolutismo, es la centralización del poder en pocas manos (el rey y su burocracia). España tenía cierta tradición en eso, pues los reinos de Castilla y Aragón se habían unido por pacto, formando una cierta medida de unidad, pero a su vez se regían de acuerdo a sus propias leyes. Pero los reyes lograron así afianzar su poder.
El proceso fue largo, ya que la monarquía debió enfrentar a la nobleza, que junto a la Iglesia y los representantes de las ciudades tenían su lugar y su poder en Las Cortes: órgano legislativo que votaba los recursos financieros para la corona.
A fines del siglo XV se reorganiza el Consejo Real y se sustituye a miembros de la nobleza con letrados, hidalgos y clérigos menores que van formando toda una burocracia real. Este fue un duro golpe para la nobleza ya que le restaba poder político, pero su poder económico seguía intacto.
La corona tomó medidas también para restar atribuciones a las Cortes. Por lo cual reorganizó el sistema de percepción de tributos para no depender económicamente de lo votado en las Cortes.
En cuanto a las ciudades, estas gozaban de un fuero (derecho) que les permitía realizar asambleas de vecinos, nombrar magistrados para administrar la justicia y, regidores encargados del gobierno local. Este sistema se fue debilitando y los nombramientos de Autoridades terminaron siendo dictados por la Corona.
En cuanto a la iglesia, los monarcas españoles afirmaron su regalismo y el derecho de patronato. El regalismo significaba que las disposiciones emanadas del Pontífice Romano y de los conciliados debían obtener la aprobación de los reyes antes de ser publicadas en el reino. Si se les consideraba perjudiciales para el Estado, se aplicaba el derecho de retención y se impedía su difusión. El derecho de patronato se refería a la provisión de cargos eclesiásticos.

Cada una de las partes del extenso imperio que gobernaba Carlos V era una unidad independiente que conservaba la vigencia de sus leyes y casos tradicionales. Solo las unía el hecho de tener un mismo soberano. De los 40 años que duró su reinado, solo pasó 16 en España. Era imposible atender todos los asuntos de gobierno personalmente por lo cual se fue organizando una numerosa burocracia: secretarios, cancilleres, consejos, etc.

El poder acumulado por Carlos I despertó fuertes oposiciones: por ejemplo: la del rey de Francia, de los príncipes protestantes alemanes, los turcos en el Mediterráneo y también del pontífice romano.

El sucesor de Carlos I fue Felipe II, cuyo reinado ocupa la segunda mitad del siglo XVI y coincide con la preponderancia española en Europa. A diferencia de su antecesor, Felipe II permaneció en España la mayor parte de su reinado. Aprovechando las transformaciones logradas por sus antecesores, su gobierno es ejemplo de centralización y absolutismo. Se ocupa personalmente de todos los asuntos del gobierno, se le conoce como “el rey burócrata”.
Fue también sumamente piadoso y devoto católico, campeón de la contrarreforma, dedicó todos sus esfuerzos en la lucha contra la herejía de protestantes y herejes. Aplicó así una política de intolerancia y despotismo, organizando el Tribunal del Santo Oficio, terrible maquina de espionaje y represión.
Los inquisidores visitaban los distritos y leían públicamente una lista de prácticas religiosas prohibidas. Luego se exhortaba a la denuncia anónima de tales practicas. También aplicó una política de discriminación racial, poniendo en vigencia el estatuto de Toledo por el cual todo funcionario de Gobierno, de la jerarquía que fuere debía demostrar su pureza de sangre (no tener antepasados judíos).

Felipe II terminó trasformando el problema religioso en un problema internacional. Uno de los más importantes fue su problema con los Países Bajos. El soberano propuso proscribir el Calvinismo con la ayuda de ciertos consejeros y llevo adelante una política intransigente y persecutoria. Pero los burgueses de los Países Bajos no admitían cubrir los gastos de una política que les sería totalmente ajena, y además se oponía a sus creencias.
Tras una serie de levantamientos los Países Bajos se dividen, quedando: al Norte, siete provincias con organización federal llamadas Provincias Unidas. Al sur, diez provincias constituirán los Países Bajos Españoles, que aceptaban ciertas ideas de Felipe II.

La Economía Española:
Predominaba la actividad ganadera practicada en forma extensiva, criando ganado lanar. Se beneficiaría de esta situación “La Mesta” organización de grandes terratenientes ganaderos que era protegida por la corona.
Algo fundamental para esta economía fue el aflujo de metales preciosos procedentes de América. Entre 1503 y 1660 llegaron a España 16 millones de kilos de plata.
Un curioso fenómeno ocurre durante el siglo XVI y es la constante alza de precios.
La política económica- comercial de España fue el monopolio que tuvo nefastas consecuencias: fijó estructuras económico- sociales arcaicas, produjo endeudamiento con la banca extranjera, el control de la economía por grupos de financistas, agravó las diferencias de clases y facilitó el drenaje de oro y plata hacia los demás países europeos.
La industria textil, aún muy rudimentaria producía artículos de baja calidad.
El comercio de las colonias de ultramar fue monopolizado en Sevilla. Allí la casa de contratación regulaba y registraba todo el movimiento mercantil. Este monopolio comercial se completó con el sistema de transporte de Flotas y Galeones. Lo más importante era las importaciones de oro y plata. Estos cargamentos pertenecían a la corona y/o particulares. La monarquía era legalmente propietaria de las minas descubiertas en tierras fiscales; con frecuencia arrendaba la explotación de los yacimientos a cambio de la quinta parte de lo extraído. Gran parte de este metal precioso fue a parar a manos de grandes banqueros extranjeros en pago de prestamos contraídos por el gobierno.
La política fiscal de la Corona se basó en la recaudación de impuestos como el almojarifazgo – derecho de aduana- y la alcabala, impuesto general sobre las ventas.

La Sociedad Española:

Era una sociedad profundamente jerarquizada, donde la actividad mercantil y el trabajo manual eran menospreciados. España careció de clases medias, de iniciativa y mentalidad capitalista que contrabalanceara a la nobleza y posibilitara el progreso económico-social.
La aristocracia terrateniente detentaba el monopolio de las tierras; sus rentas eran inmensas. Gozaban de exención tributaria, y otros privilegios: Ejercían derechos señoriales respecto al campesinado, disponían de fueros judiciales.
La corona utilizó la venta de privilegios (títulos) de hidalguía y patentes de nobleza como medios de recaudar fondos. Así se ennoblecieron muchos burgueses.
La base de la población era el campesinado que trabajaba las tierras de los grandes propietarios y vivían agobiados por el peso de los impuestos.
Durante el siglo XVII, España vive una franca decadencia. Su economía de base arcaica no llegaba a atender la demanda del mercado americano.
Los metales preciosos llegados desde América, apenas transitaban por los puertos españoles, ya que iban directamente a saldar deudas con prestamistas extranjeros.
Los reyes de este siglo eran incapaces de ejercer sus gobiernos, por lo que la aristocracia vuelve a dominar en los asuntos políticos. Los reyes dejaban el gobierno a sus favoritos.
Finalmente España a consecuencia de participar en la Guerra de los Treinta Años pierde importantes territorios y la independencia de las Provincias Unidas.


Absolutismo en Francia

Hacia el siglo XVI las tendencias a la centralización del poder son vigorosas, pero el reino no es centralizado y uniforme. Sobrevive el régimen feudal, la unidad francesa se logró anexando territorios tras numerosas guerras.
En el siglo XVI, el poder absoluto del rey era reconocido por el derecho; el monarca era solo responsable ante Dios. Disponía de un ejército permanente, decretaba impuestos, administraba la justicia y se rodeaba de numerosa burocracia. Sin embargo el proceso de centralización se vio limitado por : la insuficiencia burocrática, las deficiencias en las comunicaciones que dificultaba el conocimiento de las ordenes reales, la banalidad (venta) de cargos en el gobierno y las guerras religiosas (Protestantes y católicos desconocían la autoridad real).


Durante el siglo XVII aparece el Régimen de Ministerio. Así se conoce al período en que actuaron Richelieu y Mazarino (1623 – 1661). Estos ministros tomaban decisiones en materia de gobierno interior y exterior, pero no substituían jurídicamente al rey. Poco a poco fueron detentando más poder, designando a familiares y amigos para cargos de gobierno.
Pero la gestión de Richelieu y Mazarino se ve comprometida por serios disturbios interiores y por apremios financieros. Se produce bajo el período de Mazarino un enfrentamiento entre el ministro y los oficiales. El parlamento de Paris acaudilló el movimiento; aprovechando los apremios financieros de la corona. El movimiento planteaba arribar a una monarquía limitada, y protestaba por el aumento de impuestos directos e indirectos.
La Fronda parlamentaria siguió una Fronda de los príncipes, pero, finalmente ambos movimientos fueron derrotados y se fortaleció el poder de la monarquía.
Richelieu y Mazarino legaron a Luis XIV una situación consolidada en materia de política exterior. El acontecimiento fundamental es la Guerra de los Treinta Años (1613-1648), que comienza como una guerra religiosa y se extiende como un conflicto internacionales conflicto termina con la paz de Westfalia, por la cual Francia obtiene las ciudades de Metz, Toul y Verdun e importantes partes de Alsacia. Posteriormente sigue la guerra entre Francia y España que culmina en 1660 con el tratado de los Pirineos por el cual Francia obtiene territorios en Países Bajos, parte de Cerdeña y de Lorena.

El Gobierno Personal de Luis XIV

Luis XIV ejerce el gobierno directamente, trabajando personalmente con cada secretario. Prescinde de la nobleza y nombra directamente a sus funcionarios. Cuando quería dejar de lado a un organismo que obstaculizaba su función, no lo anulaba, pero creaba otro al que daba atribuciones del otro organismo. Por eso limitó fuertemente al Parlamento y nunca convocó a los Estados Generales.
Un importante elemento en su gestión absolutista fueron las “letters de cachets”, cartas selladas con la cual decretaba el arresto, prisión o proscripción de cualquier persona.
La iglesia galicana (nacional) pasa a quedar bajo su mandato.
Luis XIV desarrolla y fomenta una esplendorosa vida de corte, a su alrededor, la nobleza se hace ociosa y cortesana. Para tal fin construye el majestuoso Palacio de Versalles, escenario de numerosas fiestas, cacerías, todo un ornamento en torno al rey.

Instituciones Políticas

El concepto de absolutismo en Francia esta ligado a la ampliación del poder del Estado. El poder central asume la conducción de toda la vida de la nación. El rey tiene poder absoluto porque no comparte con nadie. Pero debe respetar ciertos limites como son: la ley divina, la ley natural y las leyes fundamentales del reino. La monarquía es de origen divino porque el rey recibe su poder de Dios, el rey es sagrado.

Las leyes fundamentales del reino que el rey debía respetar se referían a:
  1. El Estado es independiente de la persona del rey, al faltar éste la autoridad pasa a su sucesor.
  2. El trono se transmite por herencia a descendientes varones. Si el rey es menor o incapaz, podrá ser asistido por un regente.
  3. El rey no puede modificar la ley de sucesión.
  4. La corona debía tener como titular a un príncipe católico.

Para el control de la vasta red burocrática, el rey designaba a un conjunto de secretarios: Canciller, secretario de Guerra, el de Marina, el de Asuntos Exteriores, y el Inspector General de Finanzas. El rey trabajaba con cada uno de ellos por separado y de esa manera controlaba todas las actividades.
Luis XIV trabajaba también con un Alto Consejo integrado por todos los secretarios con quienes trataba temas de alta política. También trabajaba un Consejo Real que se encargaba de la justicia, Consejo de Finanzas, Consejo de Conciencia (se encarga de los asuntos eclesiásticos).
La administración local estaba a cargo de los intendentes quienes recaudaban impuestos, tienen atribuciones judiciales y de policía, controlan el cumplimiento de las ordenes reales, entre otras funciones.

Economía:

El secretario de finanzas Colbert aplica el sistema del Mercantilismo: el objetivo es enriquecer al rey y al Estado. Las relaciones económicas con otros estados debían tomarse como si fueran una guerra de dinero, lo importante era tener la mayor cantidad de metales preciosos. Además es preciso vender más de lo que se compra y así tener una balanza comercial favorable. Esta política comercial necesita para florecer un apoyo Estatal.
Por esto el Estado protege a las industrias de manufacturas de lujo (tapicerías, perfumes etc.), aplicando ciertas medidas:
  • Cobra mayores impuestos a las importaciones.
  • Organiza a los grandes talleres.
  • Reglamenta el trabajo.
  • Abre escuelas para especializar a la mano de obra, etc.

A esa protección industrial se le suma la comercial, que se basa en el monopolio o sea que solo los barcos franceses pueden transportar esa mercadería, entonces también se gana en los fletes.
En cuanto a las finanzas, se sufrieron verdaderas penurias. La acción tributaria recaía sobre las clases más necesitadas del reino.
Económicamente y en el siglo XVII, Francia es un país predominantemente agrícola. La nobleza posee un 20% del suelo en dominio directo, y otro tanto disponen la burguesía y la iglesia. Predomina un régimen señorial de origen feudal. En algunos lugares se mantiene la servidumbre. Las técnicas de explotación agrícola eran sumamente rudimentarias.

Sociedad:

En la época de Luis XIV la sociedad francesa está altamente estratificada. Las clases superiores se sitúan en tres ordenes: nobleza, clero y burguesía.
La nobleza se adquiere por nacimiento, por gracia del rey, por compra de titulos nobiliarios o por el ejercicio de determinadas funciones públicas.
El Tercer Estado es un grupo heterogéneo que va desde el gran financista hasta el artesano independiente. Comprende a grandes financistas, acreedores del rey, burgueses, pero también a obreros.

El Absolutismo en Inglaterra

En el siglo XVI Inglaterra se caracteriza por su fortalecimiento en el poder monárquico. Las tradiciones políticas del reino subordinaban el poder del monarca a la ley y el parlamento disponía de importantes privilegios. Pero bajo los Tudor (1485 – 1603) se logra visualizar un período de afirmación monárquica, especialmente por la perdida de poder de la nobleza feudal y los éxitos bélicos de la corona.
Los monarcas del período fueron: Enrique VII, Enrique VIII e Isabel Tudor.
Aplicaron una monarquía paternalista con las clases bajas e intervencionista en lo económico. De todos modos mantenían la costumbre de consultar al parlamento.
También contaban con un Consejo Privado que tenía funciones de asesoramiento político y administrativo y tres altos tribunales ( de asuntos civiles, criminales y financieros).
Durante el reinado de Enrique VIII se inaugura la Reforma religiosa, siendo el rey el jefe de la iglesia nacional inglesa. Rompen definitivamente con Roma por que la iglesia católica sufría una severa crisis de desprestigio en Inglaterra.


La nueva religión anglicana tiene como postulados:
  • el rechazo al dogma católico.
  • La aceptación de las santas escrituras como única fuente de fe.
  • Se aceptan como sacramentos solo el bautismo y la comunión.

Claro que la persecución a los católicos despertó oposición y surge un grupo contrario al anglicanismo que son los puritanos. Pero la reina Isabel desató una violenta represión contra clérigos y otros no conformistas. La subordinación de la iglesia al Estado fue también un elemento del absolutismo de los Tudor.

Economía y Sociedad:

El siglo XVI es una época de desarrollo económico.
Hay grandes transformaciones en la estructura rural, grandes extensiones que antes pertenecían al clero, o de enemigos de la corona, ahora son enajenadas o compradas por los burgueses que se habían enriquecido con el comercio, y que asciende ahora socialmente. Numerosos campos comunales (openfields), son cercados, lo cual, significa la ruina de pequeños propietarios que alimentaban sus ganados en esas tierras.

Cambios Económicos en Inglaterra.
En el siglo XVI, Inglaterra vive un período de expansión en todos los sectores de su economía.
Se caracteriza por su anexión a las formas capitalistas tanto en el campo como en la ciudad. En la estructura social, hay grandes transformaciones, los dominios de los adversarios y de la Iglesia católica son enajenados.
Se observa un crecimiento de las ciudades y la expansión del comercio.
Comienza a adquirir cierta importancia la demanda de lana en el mercado externo y en la prospera industria textil inglesa.
Existe una gran movilidad en la propiedad territorial inglesa:
  • incentivados por la demanda y los precios en alza, los grandes señores de la tierra y un sector de la burguesía realizan inversiones de capital;
  • esto trae aparejado una mejora en los cultivos y en la ganadería.
  • Se prefiere la explotación de las grandes concentraciones de tierras en vez del cultivo en lotes dispersos.
  • Numerosos campos comunales son cercados significando la ruina de los pequeños propietarios, que alimentaban sus ganados en las tierras libres.

Como consecuencia social, se observa la gran estratificación social que se produce y la emigración de muchos campesinos a la ciudad en busca de empleo.









No hay comentarios: